Agencias y Operadores
Práctica común en nuestro país
La prevención jurídica en las empresas
De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española de la lengua, se define prevención como “preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar algo”.
Lamentablemente, en nuestro país cuando hablamos de prevención jurídica en las empresas es poco común esta práctica, toda vez que estamos mal acostumbrados a solicitar asesorías legales para reaccionar ante una eventualidad, lo cual modifica sustancialmente el costo, así como los procesos que deben realizarse para lograr una respuesta satisfactoria para quien lo requiere.
En cuanto a la prevención jurídica encontramos dos rubros importantes el primero de ellos, se refiere a las leyes, reglamentos y normas, mismas que regulan cualquier actividad que realizamos y que debemos acatar, este comienza aún antes del nacimiento de la empresa, ya que es fundamental para la constitución de la misma, debemos conocer cuáles son las ventajas de constituirla de una manera determinada, atendiendo a la finalidad de la misma; de igual forma estas obligaciones continuarán a lo largo de toda la vida operativa de la empresa y hasta su disolución si llegara a darse el caso.
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El segundo rubro importante en materia de prevención jurídica, (mismo que emana del primero) básicamente se refiere a los contratos, toda vez, que el contrato es por excelencia, el instrumento jurídico en el que se plasma el acuerdo de voluntades que crea derechos y obligaciones siendo estas últimas de dar, hacer o no hacer. En el contrato se vierte la voluntad de los contrayentes, misma que será considerada como la obligación máxima de los firmantes, generalmente se firman entre particulares, exceptuando los contratos de licitación o invitación mismos que se realizan con entidades públicas.
Ambos resultan de suma importancia para el correcto funcionamiento de una empresa, cualquiera que sea el giro o naturaleza, toda vez que el incumplimiento de los primeros puede traer como consecuencia una sanción por parte de la autoridad competente, o bien, llegar hasta el cierre temporal de actividades de la empresa, en el caso del segundo rubro siempre es mejor elaborar los contratos y actualizar los existentes, como una práctica regular que seguramente nos ahorrará muchos dolores de cabeza y posiblemente algún dinero si se llegara a incumplir con ellos.
En materia jurídica la prevención nunca sobra.
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