Aerolíneas y Transporte
Registradas entre enero de 2016 y julio de 2017
Ordena INAI al AICM informar las causas de las demoras de vuelos
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, (AICM) informar sobre las demoras de vuelos registradas entre enero de 2016 y julio de 2017, así como de las causas que las propiciaron.
Mediante un comunicado, la dependencia señaló que un particular solicitó conocer la cantidad de demoras de vuelos por aerolíneas en dicho periodo, desglosada en categorías como: operacionales, repercusiones, mantenimientos, tripulaciones, tráfico, documentación, entre otras, por lo que el AICM proporcionó un vínculo electrónico en el que aseguró se podían consultar datos estadísticos sobre las demoras, aclarando que no se encontraban como los había requerido.
Ir a: Demoras en vuelos han bajado en lo que va del año: DGAC
Por lo que se presentó un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que la contestación recibida carecía de sustento y era incongruente. Al presentar el caso, la comisionada Areli Cano afirmó que el transporte aéreo es fundamental para el desarrollo económico de cualquier nación, pues es uno de los pilares del comercio interno e internacional, por lo que cualquier ineficacia en la prestación del servicio, incide de manera negativa en la competitividad de las empresas y del país.
Planteó que el tema cobra relevancia porque, a partir del 27 de junio de 2017, entraron en vigor las nuevas disposiciones de las Leyes de Aviación Civil y de Protección al Consumidor, las cuales amplían la salvaguarda de los derechos de los usuarios ante eventualidades imputables a las aerolíneas, tales como el retraso en los vuelos, la sobreventa de boletos y la cancelación de pasajes.
Ir a: Hoy entran en vigor las modificaciones a la Ley de aviación que protege a los usuarios
Añadió que “La información de interés del peticionario permitirá a la sociedad no sólo conocer diversos aspectos que dan cuenta de la eficacia de los servicios aéreos prestados en nuestro país, sino también indicadores puntuales de las demoras registradas en el AICM”. Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del AICM y le instruyó hacer una búsqueda de la información en la Subgerencia de Control de Movimiento Operacional, a fin de que dé a conocer al particular la información que solicitó.
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