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Remoción de vegetación fue legal
Tribunal declara válida resolución de Profepa sobre Fonatur en caso Tajamar

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La Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la validez y legalidad de la resolución emitida el 30 de mayo del 2016, mediante la cual la Dirección General de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) determinó que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) removió vegetación natural de Tajamar al amparo de una autorización vigente al momento en el que ocurrieron los hechos.
Dicha autorización fue emitida en materia de impacto ambiental por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para el Anteproyecto Malecón Cancún (Tajamar).

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La Profepa determinó, en 2016, que el Fonatur no fue administrativamente responsable por las infracciones ambientales, en relación a la remoción de vegetación en Tajamar. Hoy, la Sala Especializada en materia ambiental declara la validez y legalidad de la resolución emitida por la procuraduría. Consideró que los argumentos que formuló la persona que impugnó el resolutivo favorable a Fonatur, resultaron ineficaces para demostrar una ilegalidad.
Cabe señalar que dentro del mismo proyecto Tajamar, la Profepa sancionó a la empresa Bi & Di Real Estate de México, por 6.6 millones de pesos, tras encontrarla responsable de remover vegetación forestal en predios del Malecón, sin contar con las autorizaciones correspondientes para las actividades de remoción.

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