Aerolíneas y Transporte
Por la revisión de aviones B737 MAX 9
Profeco insta a seguir medidas de protección a pasajeros de vuelos cancelados por Aeroméxico

Ante la cancelación de vuelos de Aeroméxico por revisión de aviones Boeing 737 MAX-9, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) se mantiene atenta al cumplimiento de las medidas de protección aplicables para pasajeros con boleto en rutas que cubren aeronaves de ese tipo.
Cabe recordar que las autoridades aeronáuticas de Estados Unidos y el fabricante Boeing se encuentran en fase de inspección de los aviones B737 MAX-9, para evitar un nuevo incidente como el ocurrido el pasado 5 de enero en un vuelo en Estados Unidos de Alaska Airlines con un avión de ese tipo.
En respuesta a un requerimiento de Profeco, Aeroméxico informó haber cancelado, entre el 6 y el 9 de enero, 131 vuelos con 19,135 pasajeros afectados, a quienes la aerolínea refiere haber sido debidamente reacomodados y/o apegados a la política de flexibilidad vigente.
La Procuraduría ha brindado, a la fecha, 22 asesorías a los consumidores, la mayoría de las cuales en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; y a través del Teléfono del Consumidor ha recibido dos solicitudes de conciliación. No se han identificado quejas formales presentadas ante Profeco.
Aeroméxico hizo público un aviso con medidas de protección aplicables para pasajeros con boleto expedido con placa 139 incluyendo código compartido AM, que su vuelo haya sido afectado por proteger rutas operadas con equipos MAX-9.
Estas medidas, con vigencia a partir del 6 de enero de 2024, señalan lo siguiente:
Itinerarios afectados. Todos aquellos que incluyan por lo menos un segmento operado por Aeroméxico cuyo itinerario haya sido cancelado, tendrá las siguientes opciones:
Voucher electrónico (EMD). Válido al 100% del valor original, para viajar en cualquier ruta de Aeroméxico, con validez de 1 año a partir de la fecha de emisión.
Protección en vuelos de Aeroméxico. No se cobrará cargo por cambio de fecha ni diferencia de tarifa, siempre y cuando se respete la misma ruta y cabina pagada. Periodo de viaje: del 6 al 10 de enero de 2024; fecha límite de reexpedición de boleto: hasta 28 días después de su vuelo original; fecha límite para realizar el nuevo vuelo: hasta 28 días después de su vuelo original.
-Se condona el cargo por expedición de boleto.
-Se permite cambio de ruta sin cargo. En caso de existir diferencia en la tarifa entre el boleto original y el nuevo boleto, se deberá cobrar dicha diferencia al momento de realizar el cambio.
-Si el viaje reprogramado ocurre después del periodo de viaje permitido y el cambio se realiza dentro de las fechas de vigencia permitidas, no se aplicará el cargo por cambio, pero sí aplica diferencia de tarifa.
Para asesoría y atención a quejas, se pone a disposición el Teléfono del Consumidor 555 568 8722.
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